TRÁMITES PARA EL MATRIMONIO CATÓLICO


TRÁMITES PARA EL MATRIMONIO CATÓLICO

 

Lo primero es elegir la Iglesia en la que deseáis celebrar la ceremonia y reservar la fecha con el párroco correspondiente (unos 6 meses antes). Si dicha iglesia no es parroquia, hace falta el permiso del rector de la parroquia a la que pertenezca. Ojo! hay iglesias que tienen exclusividades en materias de fotografía, música o flores y es importante tenerlo en cuenta a la hora de elegir el lugar de celebración.

 

Paralelamente, en la parroquia a la que pertenezcáis cada uno (según tu certificado de empadronamiento) se llevarán a cabo los trámites exigidos para el matrimonio por este medio:

 

1- Cursillo Prematrimonial. Es gratuito, se puede realizar donde se desee y su duración y obligatoriedad dependen de cada parroquia y de cada párroco.

 

2- Expediente Matrimonial: Tarda entre 3 y 4 meses y cuesta unos 20€. Para que el párroco pueda iniciar el expediente ha de presentarse una serie de documentos además de un” testigo de soltería” por cada contrayente (éstos deben ser mayores de edad, no familiares y acreditar su identidad con el DNI).

Los documentos requeridos con carácter general (a ambos contrayentes) son:

-Fotocopia del DNI, Pasaporte o Tarjeta de Residencia.

Partida de Nacimiento. Se puede tramitar a través Internet en www.mjusticia.es o en el Registro Civil de la localidad de nacimiento. En su defecto, fotocopia del Libro de Familia de los padres.

Partida de Bautismo. Se solicita a la parroquia donde uno ha sido bautizado (en caso de duda consultar al Archivo Diocesano) o bien en el Obispado. Se puede solicitar vía telefónica (los números de contacto figuran en la página www.conferenciaepiscopal.es). Si la Parroquia de bautismo pertenece a una Diócesis distinta a donde se tramita el expediente, la partida de bautismo habrá que legalizarla en el Obispado correspondiente.

-Certificado del Curso Prematrimonial (uno solo para los dos contrayentes).

 

Además de la documentación anterior, en determinados casos, se deberá aportar:

– Dispensa: Si uno de los novios profesa una religión diferente,  no está bautizado o existe cualquier otro impedimento contemplado en el Derecho Canónico (por ejemplo parentesco). Simplemente es un formulario especial.

NOTA: La Iglesia Católica no permite la doble celebración (primero por el rito de un contrayente y después por el del otro) ni las segundas nupcias (salvo que la parte divorciada sea católica y su anterior matrimonio fuese civil).

– Atestado de Libertad o «Letras testimoniales»: Si la boda es en una diócesis diferente de donde se tramita el papeleo. Se solicita en el Obispado (Delegación de Matrimonios).

– Certificado de soltería eclesiástico: Sólo cuando los novios pertenecen a diócesis diferentes a donde se van a casar o cuando se ha pasado más de un año en el extranjero.

Si uno o ambos novios piensan contraer matrimonio en una Diócesis diferente al lugar de residencia deberán obtener previamente el permiso del rector de la Diócesis a la que pertenezcan.

 

Toda esta documentación caduca a los 3-6 meses de haberla obtenido.

 

Completado el Expediente, éste se remitirá a la iglesia en la que se realizará la ceremonia y se publicarán las amonestaciones (anuncio, durante 3 semanas, de la futura unión en la puerta de la iglesia de la Parroquia de residencia de cada contrayente y en la que se ha vivido hasta la mayoría de edad).

 

Una vez oficiada la boda eclesiástica y ya en posesión del acta matrimonial firmada (como mínimo por dos testigos), para que el enlace tenga validez civil, en el plazo de cinco días hábiles, se deberá entregar dicho certificado en Registro Civil de la ciudad donde se ha llevado a cabo dicha celebración y se solicitará el libro de familia o Certificado Internacional de Matrimonio (en caso de ser extranjeros no residentes en España). Por lo general es la propia iglesia quien se encarga de enviar el expediente matrimonial al arzobispado y al registro Civil.

 

En cuanto a los gastos por el servicio de culto y papeleo no hay nada fijado pero generalmente se hace una donación que varía según la parroquia. El pago de este “donativo” suele hacerse con la reserva de fecha.

 

Son muchas cosas, pero una vez que te pones es más sencillo de lo que parece ;-)

 

Foto: Fluxus

 

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